¿Cuál es el estado actual de este programa?

Partes de este programa aún existen con modificaciones bajo la nueva Oficina de Financiamiento de Dominio Energético (EDF) del Departamento de Energía (DOE). El proyecto de ley de conciliación presupuestaria, firmado el 4 de julio de 2025, introdujo cambios radicales en la Oficina de Programas de Préstamos (LPO) del DOE, reestructurando sus facultades y redefiniendo su función en el financiamiento de infraestructura energética. Cabe destacar:

  • La ley deroga la autoridad de préstamos de la Ley de Reducción de la Inflación (IRA) para los programas LPO.
    • Los préstamos ya comprometidos son seguros. La LPO cumplirá con los compromisos condicionales y los acuerdos cerrados antes de la derogación. Si recibió un préstamo y no puede acceder a los fondos, consulte "¿Qué debo hacer si se congelan mis fondos?" en nuestra Página de seguimiento de cambios en la disponibilidad de fondos.
    • La capacidad de adjudicación futura está limitada a menos que se reautorice o financie a través de otros medios.
  • El Programa de Reinversión en Infraestructura Energética (EIR) de la Sección 1706 ha sido reemplazado por una nueva autoridad de Financiamiento de Dominio Energético. Los cambios clave incluyen:
    • Elegibilidad ampliada para proyectos, que ahora cubre:
      • Reequipamiento, repotenciación, readaptación o reemplazo de infraestructura que ha dejado de funcionar
      • Aumentar la capacidad/producción de la infraestructura operativa
      • Apoyar el suministro eléctrico previsible para mantener la confiabilidad o la adecuación de la red
    • No hay requisito de reducción de emisiones. Se ha eliminado el mandato anterior de que los proyectos de energía fósil evitaran o redujeran los gases de efecto invernadero.
    • Alcance ampliado de la “infraestructura energética”. Ahora incluye instalaciones y actividades para identificar, arrendar, desarrollar, producir, procesar, transportar, transmitir, refinar o generar energía y minerales críticos.
    • 1 millones de dólares en nuevas asignaciones (con hasta un 3% disponible para costos administrativos).

¿Qué me aporta esta financiación?

Bajo el IRA, la Oficina de Programas de Préstamos (LPO) proporcionó financiamiento federal para proyectos en los Estados Unidos que apoyan el despliegue de energía limpia y la reinversión de infraestructura energética para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) y la contaminación del aire. Se dispuso de $3.6 millones en subsidios crediticios para proyectos de garantías de préstamos bajo la sección 1703 de la Ley de Política Energética de 2005.

Esta autorización de préstamo estaba abierta a todas las categorías de tecnología de Energía Limpia Innovadora del Título 17, incluidas la energía fósil, la energía nuclear y nuevas categorías de actividades, incluido el procesamiento, la fabricación y el reciclaje de minerales críticos.

La Ley de Reducción de la Inflación ofreció préstamos en estas 4 categorías:

Solo la última de estas categorías sigue disponible. Los enlaces a las otras tres categorías son páginas archivadas que ya no están disponibles en el sitio web del DOE.

Los programas de préstamos actuales son:

  • Programa de Financiamiento de Dominio Energético (EDF): Financiamiento para proyectos que agregan energía a la red o mejoran la confiabilidad.
  • Programa de Financiamiento de Energía del Título 17: Financiamiento para proyectos innovadores de energía y cadena de suministro.
  • Programa de Financiamiento para la Fabricación de Vehículos de Tecnología Avanzada (ATVM): Financiamiento para instalaciones que fabrican vehículos o componentes elegibles.
  • Programa de Financiamiento de Energía Tribal (TEFP): Financiamiento para tribus reconocidas a nivel federal, incluidas las aldeas nativas de Alaska o corporaciones regionales o de aldeas; o una Organización de Desarrollo de Energía Tribal (TEDO).
  • Programa de Financiamiento de Infraestructura de Transporte de Dióxido de Carbono (CIFIA): Financiamiento para proyectos de transporte de dióxido de carbono (CO2) de gran capacidad y con transportistas comunes.

Se pueden encontrar más detalles sobre cada uno. aqui.

¿Soy elegible?

La elegibilidad para las garantías de préstamos del Título 17 ahora depende de la categoría del programa. Consulte los detalles en esta páginaSi bien muchas entidades públicas, organizaciones sin fines de lucro, tribus y empresas aún pueden ser elegibles, los patrocinadores del proyecto deben revisar la guía actualizada del DOE sobre elegibilidad. aqui.

¿Cómo puedo acceder al dinero?

Las partes elegibles pueden encontrar instrucciones aqui sobre préstamos que aún están disponibles en la Oficina de Programas de Préstamos del DOE. Se debe presentar una solicitud previa antes de la solicitud, revisión y aprobación. Si tiene un proyecto que pueda ser elegible para financiamiento, Solicite una consulta previa a la solicitud sin costo. con el DOE.

¿Cuál es la línea de tiempo?

El plazo para los nuevos préstamos LPO no está claro. Bajo el IRA, el DOE evaluó las solicitudes en dos fases. Tras una decisión favorable basada en esta revisión en dos fases, el DOE inició una diligencia debida más exhaustiva y la negociación de los términos de la transacción. Originalmente, las adjudicaciones estaban disponibles hasta el 30 de septiembre de 2026 o hasta que se comprometieran todos los fondos.

¿Qué otros incentivos podría utilizar para ayudarme a lograr mis objetivos?

¿Dónde puedo obtener más información?